Registro de jornada en las empresas, ¿será obligatorio?

El Gobierno pretende obligar a las empresas a registrar la jornada de sus empleados. De acuerdo con esta nueva propuesta, el registro de la jornada tendría que ser diario y debería constar la hora exacta a la que cada trabajador entra y sale de trabajar.

El Gobierno pretende obligar a las empresas a registrar la jornada de sus empleados. Así lo recoge el último borrador de propuesta de modificación del registro horario en las empresas que ha enviado el Ministerio de Trabajo a empresarios y sindicatos. Estos últimos se muestran a favor y piden su aprobación, lo que se pretende conseguir en las próximas fechas, aunque necesitará el respaldo parlamentario para salir adelante.

Recordemos que la obligatoriedad de un registro diario de la jornada laboral sólo existe para los contratos a tiempo parcial (art.12.4 ET), en algunas jornadas especiales (RD 1561/1995). Con carácter general sólo se exige registro diario «a efectos del cómputo de las horas extraordinarias» (art.35.5 ET).

De acuerdo con esta nueva propuesta, el registro de la jornada tendría que ser diario y debería constar la hora exacta a la que cada trabajador entra y sale de trabajar.

Con esta medida se pretende conseguir varios objetivos:

– Que cada trabajador conozca su horario de trabajo y quede constancia de sus horas trabajadas. Los convenios colectivos podrán establecer la forma de organización del registro de jornada y de acceso al mismo de la persona trabajadora.

– Poder controlar la contratación a tiempo parcial y evitar abusos en la contratación

– Eliminar la contratación en «B»

– Conseguir que se abonen las horas extraordinarias.

En definitiva, está pensada para evitar el fraude laboral y ayudar a la Inspección de Trabajo en esa tarea.

Para ello se plantea la modificación de los artículos 4, 12 y 35 del ET, que hacen referencia al control de la jornada ordinaria, los contratos a tiempo parcial y las horas extras. También se modificaría la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

En materia de horas extra otra novedad será que el empresario deberá informar mensualmente a los representantes de los trabajadores sobre las horas extraordinarias que ha hecho cada empleado, cualquiera que sea su forma de compensación. Para ello obliga a la empresa a enviarles una copia de los resúmenes del registro diario.

Esta medida estaría relacionada con una de las primeras medidas que ya aprobó el Gobierno actual, que fue el Plan Director por un Trabajo Digno donde se establecía la intensificación del papel de la Inspección de Trabajo para intentar acabar con el fraude, y donde se contemplaba las visitas de la Inspección a las empresas. Para ello se considera indispensable que el inspector de trabajo que visita una empresa sepa el horario de cada trabajador.

Ya se intentó en el Gobierno anterior conseguir el registro efectivo de la jornada de los trabajadores pero tras varias sentencias de los Tribunales se tuvo que dar marcha atrás, por lo que habrá que esperar para ver su evolución en las próximas fechas.